TESORERÍA MUNICIPAL

 

 

C. P. SECUNDINO GUADALUPE JESÚS MEJÍA GONZÁLEZ

Tesorero

 

OBJETIVO

Planear, dirigir y coordinar las acciones que realizan las unidades administrativas que integran la Tesorería, así como manejar y resguardar los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos recaudados y el correcto uso de los fondos, valores y en general el patrimonio municipal a cargo; a fin de garantizar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas vigentes, además de coordinar el adecuado manejo de los programas anuales que se determinan en materia de los recursos humanos, materiales y adquisición de bienes y servicios, conformadas en estricto apego y cumplimiento del presupuesto de ingresos y egresos, registrando los movimientos en la contabilidad.

 

MISIÓN

Administrar los recursos financieros de la hacienda municipal para dar cumplimiento de los objetivos y programas que tiene establecido el H. Ayuntamiento en beneficio de los ciudadanos de Chapultepec, implementando los procesos administrativos necesarios con el fin de proporcionar un servicio adecuado y eficaz a los contribuyentes; así como el manejo transparente del presupuesto de ingresos y egresos autorizado, con estricto apego a las leyes y normatividad vigente.

 

VISIÓN

Fortalecer y optimizar el rendimiento de los recursos, teniendo como base la recaudación fiscal y los servicios que se ofrecen a los contribuyentes, esto con el fin de mejorar los servicios en las funciones que se realizan, así como mantener una buena relación entre los contribuyentes y las dependencias gubernamentales.

 

PLAN DE TRABAJO

  • Autorizar el Programa General de Recaudación de Ingresos Tributarios y Crediticios y coordinar su instrumentación, así como las medidas que se consideren necesarias para incrementar la recaudación del H. Ayuntamiento.
  • Emitir, en coordinación con la Contraloría Municipal, disposiciones para garantizar que el uso de los bienes y recursos municipales se lleve a cabo bajo los principios de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal.
  • Conocer las propuestas de modificación de la legislación fiscal de carácter municipal que se elaboren y determinen su viabilidad para someterlas a la consideración del Presidente Municipal.
  • Conocer y aprobar los mecanismos de recaudación, así como los criterios jurídicos y administrativos que se deben aplicar para la recuperación de los créditos fiscales a favor del H. Ayuntamiento.
  • Recibir y validar los cheques de pago que se efectúen para cubrir las erogaciones que sean responsabilidad del H. Ayuntamiento, así como autorizar la aplicación de fondos y valores que son propiedad del H. Ayuntamiento.
  • Preparar la Cuenta Pública, los informes mensuales y balances financieros que sean elaborados para analizar la capacidad económica del H. Ayuntamiento y presentarlos al Presidente Municipal y al H. Cabildo para su revisión.
  • Elaborar la política crediticia que regirá las operaciones financieras del H, Ayuntamiento, y someterla a consideración del Presidente Municipal.
  • Intervenir en los juicios de carácter fiscal cuando tenga injerencia la Hacienda Pública Municipal.
  • Efectuar la gestión y el seguimiento de los recursos administrativos de naturaleza fiscal que interpongan los contribuyentes e intervenir en los juicios que se deriven de los mismos.
  • Elaborar y presentar los informes mensuales así como la cuenta pública anual, según corresponda, al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México para su revisión.
  • Difunde los lineamientos que se deben observar por las dependencias municipales para ejecutar su presupuesto asignado.
  • Coordinar la elaboración del Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos y someter este ultimo a la aprobación del Presidente Municipal y del H. Cabildo.
  • Verificar que el sistema de normatividad hacendaria se encuentre en óptimo funcionamiento y cumpla eficientemente con los objetivos establecidos.
  • Vigilar que las unidades administrativas correspondientes apliquen, cuando sea procedente, el procedimiento administrativo de ejecución durante la recuperación de créditos fiscales aplicables.
  • Coordinar las actividades y procedimientos en materia catastral para contar con un sistema integral de información geográfica del municipio.
  • Proponer, para el acuerdo del H. Cabildo, la condonación parcial de multas por infracciones a las disposiciones del Código Financiero del Estado de México y Municipios y el subsidio de recargos por pago extemporáneo de los créditos fiscales, tomado en consideración las circunstancias del caso.
  • Coordinar las actividades de apoyo administrativo que requieran las dependencias que integran la Tesorería, a través de los servidores públicos que determinen con apego a los lineamientos establecidos en materia de personal, de prestación de servicios y adquisición de bienes muebles e inmuebles.
  • Presentar a la consideración del Presidente Municipal, las solicitudes de extensión de pago de los créditos fiscales que formulen los contribuyentes, sin excederse del periodo de la administración municipal.
  • Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.

 

Dependecias de la Tesorería Municipal

I N G R E S O S:

OBJETIVO

Planear y coordinar la ejecución de las acciones que permitan la recaudación de ingresos y el control de los mismos, así como los mecanismos que sean necesarios para la recuperación de los créditos fiscales a favor del H. Ayuntamiento.
Concentrar, registrar y controlar todos los ingresos que obtiene el H. Ayuntamiento a través de diversos conceptos, así como aquellos que se deriven de la transferencia de fondos otorgados por el estado y la federación al Municipio.

En base a la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el Ejercicio Fiscal 2010, la Tesorería Municipal recaudará los ingresos que permite la propia ley de acuerdo a los siguientes conceptos:

 

IMPUESTOS

Predial.
Sobre adquisiciones de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles.
Sobre conjuntos urbanos.
Sobre anuncios publicitarios.
Sobre diversiones, juegos y espectáculos públicos.
Sobre la prestación de servicios de hospedaje.
Otros impuestos no comprendidos en las fracciones procedentes, y que estuvieran vigentes en ejercicios fiscales anteriores, pendientes de liquidación o de pago.

 

DERECHOS

De agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales.
Del registro civil.
De desarrollo urbano y obras públicas.
Por servicios prestados por autoridades fiscales, administrativas y de acceso a la información pública.
Por servicio de rastros.
Por corral de consejo e identificación de señales de sangre, tatuajes, elementos electromagnéticos y fierros para marcar ganado y magueyes.
Por uso de vías y áreas públicas para el ejercicio de actividades comerciales y de servicios.
Por servicios de panteones.
De estacionamiento en la vía pública y de servicio público.
Por la expedición o refrendo anual de licencias para la venta de bebidas alcohólicas al público.
Por servicio prestado de autoridades de seguridad pública.
Por servicios de alumbrado público.
Por servicios de limpieza de lotes baldíos, recolección, traslado y disposición final de residuos sólidos industriales y comerciales.
Por los servicios prestados por las autoridades de catastro.

 

APORTACIONES DE MEJORAS

Las derivadas de la aplicación del Título Sexto del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

 

PRODUCTOS

Por la venta o arrendamiento de bienes municipales.
Derivados de bosques municipales.
Utilidades, dividendos y rendimientos de inversiones en créditos, valores y bonos, por acciones y participaciones en sociedades y empresas.
Rendimientos e ingresos derivados de las actividades de organismos descentralizados y empresas de participación municipal, cuando su naturaleza correspondan a actividades que no son propias de derecho público.
Impresos y papel especial.
En general, todos aquellos ingresos que perciba la hacienda pública municipal derivados de actividades que no son propias de derecho público, o por la explotación de sus bienes patrimoniales.

 

APROVECHAMIENTOS

Reintegros.
Uso o explotación de bienes de dominio público.
Sanciones administrativas.
Indemnizaciones por daños a viene municipales.
Subsidios, subvenciones, donativos, herencias, legados y cesiones.

 

INGRESOS DERIVADOS DEL SECTOR AUXILIAR

Rendimientos o ingresos derivados de organismos descentralizados, fideicomisos y empresas de participación municipal, cuando por su naturaleza correspondan a actividades propias de derecho público.

 

ACCESORIOS

Recargos.
Multas.
Gastos de ejecución.
Indemnización por devolución de cheques.

 

INGRESOS MUNICIPALES DERIVADOS DE LOS SISTEMAS NACIONAL DE COORDINACIÓN FISCAL Y ESTATAL DE COORDINACIÓN HACENDARIA

Las participaciones derivadas de la aplicación de la Ley de coordinación fiscal y demás ordenamientos jurídicos federales aplicables, así como los convenios, acuerdos o declaratoria que al efecto se celebren o realicen.
Los provenientes de los fondos de aportaciones federales siguientes:
Fondos de aportación para la infraestructura social municipal.
Fondo de aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Públicas territoriales del Distrito Federal.
Los derivados de la aplicación del Título séptimo del Código Financiero del Estado de México y Municipios del Sistema Estatal de Coordinación Hacendaria, así como de los convenios, acuerdos o declaratorias que al efecto se celebren o realicen.

 

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTOS

Pasivos generados al cierre del ejercicio fiscal pendientes de pago.
Los derivados de las operaciones de crédito en los términos que establece el Título Octavo del Código Financiero del Estado de México y Municipios y otras Leyes aplicables.

 

HORARIO DE ATENCIÓN
Lunes a Viernes 09:00 – 18:00 hrs.
Sábados 09:00 – 14:00 hrs.

 

E G R E S O S:

OBJETIVO

Coordinar y planear la integración, aplicación y distribución de los recursos financieros del H. Ayuntamiento, con base en el presupuesto autorizado a cada dependencia, controlando su adecuado ejercicio y estableciendo las medidas necesarias para la operación de los programas de inversión y gasto corriente; así como para el pago de las obligaciones contraídas con los proveedores de bienes y servicios.

 

PLAN DE TRABAJO

Planear el uso del Presupuesto Anual de Egresos y coordinar el registro del saldo existente, determinando las acciones que deben realizar para su correcto ejercicio.

Coordinas la elaboración de Presupuesto Anual de Egresos del H. Ayuntamiento y someterlo a la consideración del Tesorero Municipal.

Conocer, y en su caso, validar las propuestas de los programas de inversión que presenten las dependencias municipales ejecutoras de las obras o acciones que no formen parte del gasto corriente.

Planear y analizar alternativas para lleva acabo inversiones bancarias con bases en los recursos financieros existentes e informar al Tesorero Municipal acerca de los intereses obtenidos.

Aprobar los mecanismos y lineamientos para la aplicación del control del gasto corriente, así como el de la inversión.

Analizar y evaluar el avance en los programas de inversión y del gasto corriente de las dependencias municipales e informar de los resultados al Tesorero Municipal, para que en su caso, y con su autorización, se implemente las medidas que son necesarias.

Autorizar, previo análisis de las aéreas correspondientes, las requisiciones que sean remitidas por las dependencias por las dependencias para la adquisición, arrendamiento o reparación de bienes o servicios.

Determinar, previo análisis de las soluciones de aplicación o transferencias presupuestales, la vialidad de su autorización.

Mantener una revisión constantes de los recursos económicos disponibles, con el objeto de prever oportunamente los créditos que habrán de requerirse a corto o a largo plazo para la realización de proyectos de inversión.

Programar los pagos que se deben efectuar con cargo al presupuesto de egresos del H. Ayuntamiento, y verificar que se lleven acabo.

Determinar el uso, destino y aplicación de los recursos y valores propiedad del H. Ayuntamiento, previa autorización del Tesorero Municipal.

Someter a la aprobación del Tesorero Municipal la normatividad que deberán observas las dependencias para el ejercicio y el control del gasto corriente y de inversión.

Elaborar mecanismos para regular el pago a proveedores y contratistas de bienes y servicios.

Vigilar el adecuado manejo de las cuentas bancarias del H. Ayuntamiento.

Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.

Conocer las operaciones financieras, presupuestales y contables del municipio, a fin de que se efectué su registro, previo a la verificación del soporte documental de cada uno.

Presentar al Tesorero Municipal los informes financieros mensuales y la Cuenta Pública Anual para su aprobación.

Elaborar, conjuntamente con las dependencias municipales, el presupuesto anual de egresos del H. Ayuntamiento y remitirlo para su revisión y análisis al titular del área de egresos.

Aplicar los conocimientos y las disposiciones de que expidan las autoridades federales o estatales para el uso y control de los recursos financieros destinados para la ejecución de los programas de inversión que sean financiados por estos ámbitos de gobierno.

Analizar el avance financiero de los programas de inversión, informando al titular del área de Egresos el estado que guardan y la problemática que se detecten.

 

DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTOS:

OBJETIVO

Registrar y controlar las operaciones financieras que resulten de las actividades diarias del H. Ayuntamiento, así como elaborar, analizar y presentar los estados financieros del Municipio y en su coordinación con las dependencias municipales para la integración del Presupuesto Anual, elaborando y difundiendo las normas y procedimientos para el ejercicio y control eficiente del gasto.

 

PLAN DE TRABAJO

Conocer las operaciones financieras, presupuestales y contables del municipio, a fin de que se efectué su registro, previa verificación del soporte documental de cada una.

Coordinar la elaboración de los informes financieros mensuales y la cuenta pública anual del H. Ayuntamiento, revisado que su integración y soporte se lleve a cabo conforme a las disposiciones aplicables

Conocer y difundir entre los servidores públicos municipales las normas que se deben observar para el registro de las operaciones financieros mensuales y la Cuenta Pública Anual para su aprobación.

Informar al Tesorero Municipal de las cuentas que determinen como incomprobables, para que se solicite al H. Cabildo su cancelación.

Supervisar que se cumplan las obligaciones fiscales que corresponden al H. Ayuntamiento, así como las obligaciones tributarias de los organismos auxiliares, y, en su caso, implementar las medidas que sean necesarias.

Emitir las suficiencias presupuestales de gasto previa solicitud de la Coordinación de Administración, autorizando y verificando que se lleven a cabo los pagos que se deben efectuar con cargo al presupuesto de egresos del H. Ayuntamiento.

Autorizar, previo análisis de las áreas correspondientes, las requisiciones que sean remitidas por las dependencias para la adquisición, arrendamiento o reparación de bienes o servicios.

Elaborar, conjuntamente con las dependencias municipales, el presupuesto anual de egresos del H. Ayuntamiento y remitirlo para su revisión y análisis al titular del área de egresos.

Proporcionar asesoría a las dependencias municipales para elaboración de su presupuesto anual de egresos.

Diseñar y difundir entre las dependencias municipales los lineamientos y procedimientos que habrán de observar para la elaboración de su presupuesto de egresos, así como su ejercicio, control y/o modificación.

Analizar constantemente el funcionamiento del programa presupuestal, a fin de corregir posibles desviaciones o realizar las modificaciones necesarias que permitan continuar con su operación.

Examinar los presupuestos de cada dependencia, con el objeto de ajustarlos oportunamente, con base en las variaciones que estas registren durante el desarrollo del ejercicio financiero.

Revisar las requisiciones que remitan las dependencias municipales para verificar la disponibilidad presupuestal de las mismas y turnarlas al titular de las subdirección de egresos para su autorización.

Revisar que las facturas enviadas por los contratistas o proveedores reúnan los requisitos fiscales y administrativos establecidos para su aceptación y pago oportuno.

Verificar que las dependencias municipales ejerzan su presupuesto conforme a la programación autorizada y, en su caso, informar al titular del área de Egresos, a fin de implementar las medidas que sean necesarias.

Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.

 

S O L V E N T A C I O N E S :

OBJETIVO

Contestar en tiempo y forma las observaciones emitidas por el OSFEM derivadas de las revisiones a los informes mensuales y de la Cuenta Pública Municipal.

 

PLAN DE TRABAJO

Glosar y analizar mensualmente los informes para así informar periódicamente a las áreas del municipio, el modo de soportar las pólizas para evitar las observaciones del OSFEM.

Supervisar que los documentos observen los requerimientos marcados por el OSFEM.

Informar mensualmente al Tesorero Municipal, el avance en cuanto a la contestación y liberación de las observaciones y subsistentes pendientes ante el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México.

Supervisar que los oficios enviados por el OSFEM sean legalmente correctos y con fundamentos correspondientes.

Revisar que el OSFEM desahoguen las contestaciones atendidas por las observaciones fincadas a la Tesorería Municipal.

Elaborar los oficios de contestación a las observaciones, revisando que se integre correctamente el soporte documental de cada una.

Verificar el análisis de las cédulas de observaciones del OSFEM.

Consultar reportes del sistema de contabilidad para saber la situación de cada observación.

Analizar el reporte contable y determinar el procedimiento para solventar las observaciones.

Revisar las pólizas observadas para dar contestación por falta de documentos y análisis contable.

Descargar del registro interno las observaciones que fueron liberadas por el OSFEM.

Desarrollar las demás actividades dentro del ámbito de su competencia.


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